– Facturas cuyo importe no exceda los 400 euros (IVA Incluido).

– Facturas rectificativas.

– En las operaciones que se describen a continuación, cuando su importe no exceda de 3.000 euros IVA incluido:

  1. Ventas al por menor.
  2. Ventas o servicios en ambulancia.
  3. Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
  4. Transportes de personas y sus equipajes.
  5. Servicios de hostelería, restauración y suministro de bebidas y comidas para consumir en el acto.
  6. Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
  7. Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador.
  8. Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza.
  9. Utilización de instalaciones deportivas.
  10. Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
  11. Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
  12. Alquiler de películas.
  13. Servicios de tintorería y lavandería.
  14. Utilización de autopistas de peaje.

¿Cómo me afecta esto?

Con el Software de Facturación en la nube de TicTax será más fácil cumplir con los requisitos legales a la hora de hacer las facturas.