– Facturas cuyo importe no exceda los 400 euros (IVA Incluido).
– Facturas rectificativas.
– En las operaciones que se describen a continuación, cuando su importe no exceda de 3.000 euros IVA incluido:
- Ventas al por menor.
- Ventas o servicios en ambulancia.
- Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
- Transportes de personas y sus equipajes.
- Servicios de hostelería, restauración y suministro de bebidas y comidas para consumir en el acto.
- Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
- Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador.
- Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza.
- Utilización de instalaciones deportivas.
- Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
- Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
- Alquiler de películas.
- Servicios de tintorería y lavandería.
- Utilización de autopistas de peaje.
¿Cómo me afecta esto?
Con el Software de Facturación en la nube de TicTax será más fácil cumplir con los requisitos legales a la hora de hacer las facturas.
