En 2019, la duración del permiso será de ocho semanas; las dos primeras
semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del
nacimiento. Las seis semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido; ya
sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de
descanso obligatorio para la madre, o bien a continuación a la finalización del
permiso materno.

 

En 2020, la duración del permiso será de doce semanas; las cuatro primeras
semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del
nacimiento. Las ocho semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido; ya
sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de
descanso obligatorio para la madre, o bien a continuación a la finalización del
permiso materno.

 

 Finalmente en 2021, la duración del permiso será de dieciséis semanas; las
seis primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la
fecha de nacimiento. Las diez semanas restantes podrán ser de disfrute
interrumpido; ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas
posteriores al periodo de descanso obligatorio para la madre, o bien a
continuación a la finalización del permiso materno.

 

Si quieres saber más no dudes en contactar con nosotros, seguro que podemos ayudarte.

 

 

 

 

 

¿Cómo me afecta esto?

Con el Software de Facturación en la nube de TicTax será más fácil cumplir con los requisitos legales a la hora de hacer las facturas.