¿Tengo obligación de retener IRPF en mis facturas?

Esta es una de las preguntas más comunes que nos encontramos, ¿quién está obligado a retener IRPF?

Para empezar, debes coger tu alta como autónomo y ver en qué epígrafe de la AEAT estás dado de alta. Si cuentas con un gestor, él te indicará si tienes que retener IRPF en tus facturas. A continuación tienes la tabla que ahora comentaremos. A partir de aquí, tenemos tres escenarios posibles:

Si eres autónomo

  1. Estarás obligado a retener IRPF en tus facturas si estás dado de alta en los epígrafes de la sección 2: Actividades Profesionales y facturas a otros profesionales. Es decir, si estás dado de alta en esta sección y tus clientes son una empresa u otro autónomo, deberás hacer una factura con: Base imponible + IVA – IRPF.
  2. Si eres autónomo y estás dado de alta en la sección 2, pero tus clientes son particulares, por ejemplo médicos o profesores que facturan a personas, NO deberás retener IRPF pero por consiguiente, deberás presentar el modelo 130 y pagar el correspondiente IRPF.
  3. Si estás dado de alta en las otras dos secciones 1 y 3, no tienes la obligación de retener IRPF en tus facturas.

Si eres empresa

Las empresas generalmente no debéis retener IRPF. Es decir, simplemente aplicaréis el IVA a la base (Base + IVA), a menos que sea una factura de alquiler. En el caso de la factura de alquiler tendrás que aplicar IVA e IRPF a la base (Base + IVA + IRPF).

¿Cómo me afecta esto?

Eso significa que deberás retener en tus facturas. Aquí tienes cómo hacer una factura con IVA e IRPF. Ten en cuenta que según tu alta como autónomo, retendrás un IRPF u otro. En el Software de Facturación en la nube TicTax puedes indicar el porcentaje de IRPF a retener en tus facturas.